Crimen de exterminio en Venezuela

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“El Exterminio comprende la imposición intencional de condiciones de vida, entre otras, la privación de acceso a alimentos o medicinas encaminadas a causar la destrucción de una parte de la población”. Artículo 7.2.b del Estatuto de Roma.

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William Cárdenas Rubio-Vargas 
Analisis Libre Internacional
Madrid

Cuando a partir del año 2002 vimos con perplejidad como se producían de forma generalizada y sistemática los primeros ataques del gobierno de Hugo Chávez Frías contra la población civil venezolana, nos dimos cuenta que no estábamos frente a delitos comunes, y que obviamente aquellos ataques comenzaban a formar parte de una política de estado dirigida contra una parte de la población por razones políticas.

Estábamos seguros que esas conductas criminales eran las que estaban tipificadas en el Estatuto de Roma y en tal razón procedimos a presentar nuestra primera denuncia contra Hugo Chávez Frías y 26 de sus más cercanos colaboradores ante la Audiencia Nacional española por Crímenes de Lesa Humanidad. Esa querella, que fue posteriormente remitida a la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) en La Haya, fue la que dio inicio a lo que hoy conocemos allí como Caso Venezuela.

El tiempo y los hechos posteriores nos han dado la razón. Hoy son numerosas instituciones y actores de la Comunidad Internacional los que han coincidido con nuestra apreciación, y  junto con Estados que forman Parte del Estatuto de Roma, han procedido a denunciar por Crímenes de Lesa Humanidad al régimen chavista con Nicolás Maduro a la cabeza, ante la Corte Penal Internacional.

Ahora cuando nos encontramos ante la eventualidad de que por fin en la CPI atiendan nuestro clamor de justicia, es con ese aval que puedo afirmar que el crimen de lesa humanidad más grave que se ha cometido cometido contra la población venezolana, por la multiplicidad de víctimas que ha causado, es el crimen de Exterminio, perfectamente definido en el Estatuto de Roma como  “la imposición intencional de condiciones de vida, entre otras, la privación de acceso a alimentos o medicinas encaminadas a causar la destrucción de una parte de la población”

El manto de impunidad que cubrió la actividad criminal del chavismo  durante muchos años con la colaboración de fiscales, jueces y magistrados en Venezuela y de los fiscales Luis Moreno Ocampo y Fatou Bensouda en la CPI, permitieron que se sintieran imbatibles y que pensaran que nada podría pasarles como consecuencia de sus aberrantes acciones.

Este comportamiento criminal que se instaló como política de Estado en Venezuela tuvo como telón de fondo un discurso de odio, que identificó al opositor político como un enemigo al que había que destruir y sembró toda la geografía venezolana de patrones de conducta que llegaron a estigmatizar a los ciudadanos que no comulgaban con el Socialismo del Siglo XXI, a quienes se persiguió y se les privó del acceso a alimentos, medicinas, a la salud, al trabajo y a cualquiera de los más elementales derechos prevenidos en nuestra Constitución.

Cuando la resistencia de la sociedad venezolana se hizo más férrea y ya no era suficiente controlarla matando jóvenes en las calles, comenzaron a aplicar métodos más sofisticados de control social para así mantener el poder.

De allí surgió la llamada crisis humanitaria que no ha sido otra cosa que la privación de alimentos y medicinas para someter una parte de la población que no compartía las ideas de la revolución socialista, imponiendo unas condiciones de vida encaminadas a causar la destrucción de una parte de la población. Con una particularidad, a los alimentos sólo tenían acceso los afines al régimen que portaban el Carnet de la Patria, que recibía las llamadas bolsas CLAP.

Son miles los niños y mayores que han muerto por desnutrición severa, miles los que han muerto por la falta de acceso a las medicinas que garantizaban la salud, o los medicamentos necesarios para tratamientos de enfermos de cáncer, de deficiencias renales, de diabetes, etc. Era la muerte silenciosa, que no levantaba protestas importantes.

La falta de alimentos condujo al éxodo más impresionante jamás vivido por nación alguna en nuestros pueblos americanos en este siglo y en el pasado.  Más de cinco millones de venezolanos han tenido que salir huyendo desplazados forzosamente por unas condiciones de vida que los coaccionaban y obligaban a emigrar.

Era el crimen perfecto, durante estos años se logró destruir a una parte de la población venezolana, sin ninguna consecuencia para los delincuentes que llevaron a cabo esta auténtica matanza.

Pero lo que no previeron los criminales patrios, es que el Estatuto de Roma del año 1998, había tipificado en su articulado esta conducta como crimen de lesa humanidad, que abraza no sólo a la privación intencional de alimentos y medicinas, también del agua, del gas, de la luz, de la gasolina y de todo lo que ha hecho insufrible la convivencia en nuestro país.

Es uno de esos casos raros, en los que el Derecho, siempre a la zaga de los hechos sociales y criminales, esta vez se adelantó para prever esa hipótesis de conducta y señalarla como uno de los crímenes más graves contra una población civil.

Por todo ello, esperamos con paciencia y prudencia, las noticias que en fechas próximas puedan llegar de La Haya.

  • Presidente Ciciven, Consultores Cárdenas

 

 

2 comentarios en “Crimen de exterminio en Venezuela

  1. Excelente artículo, muy illustraativo sobre el delito de exterminio; pre visto y sancionado en el Estatuto de Roma. Interesante resulta la comision de este delito, sobre la población venezolana por los gobiernos de Chavez y Maduro a todos los gripes etáreos del país a los cuales no escapa los jubilados del IVSS quienes tienen una pensión de vejez inferior a tres dólares mensuales, con lo cual la posibilidad de adquirir alimentos y medicina en Venezuela es absolutamente nula. En este sentido, los pensionados del IVSS que residimos en el exterior(Espana, Portugal, Italia, Chile, Uruguay y Ecuador) son praises con los cuales Venezuela tiene suscritos y Vicente’s Convenio de Seguridad Social, que Hempstead trasladado las pensiones de vejez del IVSS, el gobierno de Venezuela suspendió, sin explicación alguna, el pago de dichas pensiones esta situación se inició en enero de 2016 hasta la fecha(28-07-2021), Es decir Han transcurrido 5 años y 7 messes; sin recibir el Pago de las pensiones( Delito de Exterminio en plena ejecución en contra de más de 15.000 pensiondos del IVSS que residimos en estos países.

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