.La Corte Penal Internacional (CPI) de La Haya seguirá siendo una espada de Damocles.
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La orden de captura de William Barr, el Fiscal General de los EE.UU contra Nicolás Maduro, está referida a cargos por delitos de narcoterrorismo y delitos económicos; los crímenes de lesa humanidad no están incluidos.
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William Cárdenas Rubio-Vargas
El día 26 de marzo pasará a la historia judicial de los Estados Unidos, y especialmente a la de Venezuela, por marcar el inicio del fin de una organización criminal que se instaló en los poderes públicos de nuestro país, para traer dolor, tragedia y miseria al pueblo venezolano.
Además de formular cargos por narcoterrorismo contra Nicolás Maduro y su banda tras una investigación que se remonta 20 años atrás, el Fiscal General de los EE.UU, William Barr, activó un mecanismo, que coloca a estos criminales en una situación insostenible: Se ofrecen cifras de 15 y 10 millones de dólares a quien ofrezca información que permita su captura.
Obviamente, esta orden de captura es por la que hemos estado luchando tanto tiempo ante la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI), porque sabíamos que ello aceleraría el fin del drama venezolano, a través de la jurisdicción complementaria de la CPI, habida cuenta de que en Venezuela es imposible obtener justicia y reparación para los graves crímenes cometidos.
Sin embargo, apostando por el éxito de la acción judicial instada por el Fiscal General William Barr, debemos tener claro el escenario jurídico en el que dicha acción se pone en marcha. La Justicia americana se activa en defensa de los derechos del pueblo americano, contra quienes se han constituido en una amenaza a su seguridad, cometiendo graves delitos como el narcotráfico y el terrorismo, que afectan seriamente a esa sociedad en su conjunto.
Pero en el caso de los gravísimos crímenes de lesa humanidad cometidos contra el pueblo venezolano, aún sigue vigente la posibilidad de que la jurisdicción de la CPI se active para que se haga justicia a los asesinatos, las torturas y violaciones, las encarcelaciones ilegales, la persecución, los actos inhumanos y traslados forzosos de la población, incluso el exterminio, por falta intencional de alimentos y medicinas, cuyos responsables son muchos más que los perseguidos por la justicia americana.
En los delitos cometidos contra el pueblo americano, la víctima es la sociedad estadounidense, pues se trata de delitos contra la salud pública y la seguridad nacional; mientras que en Venezuela las víctimas tienen nombre y apellido, son individuos, cuyos derechos humanos han sido violentados desde el extremo de quitarles su vida, su libertad, atentar gravemente contra su salud, seguridad personal, hasta su persecución por razones políticas, etc., por un ataque sistemático y generalizado contra la población civil, que ha obedecido a una política de estado, que los define como crímenes de lesa humanidad.
Por tal motivo, en primer lugar, no existiendo una jurisdicción alternativa donde estos hechos se puedan investigar, tenemos que insistir en abrir la jurisdicción complementaria de la Corte Penal Internacional para que dichos crímenes sean investigados, juzgados, sancionados los responsables y reparadas las víctimas.
En segundo lugar, es de especial interés para la justicia universal, que logremos romper el bloqueo que durante de 18 largos años, han opuesto al Caso Venezuela en la Fiscalía de la CPI. De ello depende que ese macro esfuerzo de crear una jurisdicción universal para investigar los graves crímenes contra la humanidad, supere este oscuro episodio ocurrido con el Caso Venezuela, en el que la CPI pareciera defraudar los fines y propósitos para el que fue creada, cuando el mundo entero reclama justicia para nuestro país. La credibilidad de la Corte está en juego.
Finalmente, sabemos que los delitos por los que la justicia de los EE.UU persigue a Nicolás Maduro y sus cómplices, pueden ser objeto de negociaciones y pactos para, mediante la cooperación con las autoridades, lograr beneficios, incluida la reducción de las penas, sin descartar eventuales y desafortunadas amnistías. Este no es el caso de los crímenes de lesa humanidad. Estos no pueden ser objeto de amnistías o indultos. Son crímenes imprescriptibles, que perseguirán a sus autores hasta el fin de sus días.
Por tal razón, aquel largo camino que hemos recorrido en la CPI sigue teniendo sentido, y no vamos a descansar hasta conseguirlo. Todos los que hemos creído en esto, especialmente aquellos grandes amigos en los EE.UU, Dª Helene Villalonga y D. Emanuel del Vechio, que reunieron 60 ong´s para crear un movimiento denominado Justicia en La Haya, cuando nadie creía en ello, siguen teniendo fe y se mantienen con su voluntad intacta, trabajando para lograr que la justicia llegue a Venezuela.
Por la misma razón invitamos, respetuosamente, a las autoridades de los Estados Parte, Colombia, Canadá, Perú Paraguay, Argentina y Chile, que han denunciado estos crímenes en La Haya, a que continúen accionando ante la Fiscalía de la CPI.
Y en el mismo sentido, invitamos a los particulares y asociaciones que han incoado denuncias a través del Artículo 15 del Estatuto de Roma, particularmente a quienes han presentado sus denuncias en tiempos recientes, a no darse por vencidos por las últimas decisiones de la Fiscalía de la CPI, y a continuar su trabajo para tratar de lograr activar dicha jurisdicción, lo que al final será un auténtico triunfo para la justicia universal.